Levantamientos Topográficos Con GPS



Un levantamiento topográfico es la representación de todos los elementos de un terreno sobre el plano. Se definen los diferentes elementos del terreno con una serie de puntos, que en conjunto terminan definiendo una curva de nivel. La ventaja que aporta un levantamiento topográfico es que mediante un dibujo en planta se pueden definir todas las particularidades de un terreno, incluso las altimetrías y las cotas de este.

Levantamientos topográficos agrícolas o forestales



En los levantamientos topográficos que realizamos en fincas agrícolas o forestales son básicas las altimetrías y las cotas del terreno, además de las limitaciones de las fincas.

Deslindes y georrefenrencia de mojones

Uno de los mayores problemas para delimitar fincas y propiedades es la pérdida o desaparición de los mojones utilizados para marcar las lindes del terreno. Mediante la georreferencia de las marcas con GPS, su localización es mucho más rápida y además las lindes quedan documentadas en caso de desaparición.

Deslindes

Determinación y documentación de lindes voluntarios entre colindantes y levantamiento del acta de deslinde de las parcelas.


Catastro y representación gráfica alternativa (GML)

Acreditar la titularidad o la propiedad de una finca rústica es a menudo una tarea ardua. Tenemos experiencia en trabajos de investigación sobre la propiedad de terrenos, abarcando gestiones en las diversas delegaciones del Catastro y los Registros de la Propiedad, así como en otras instancias y registros documentales, que permiten establecer o, según los casos, discernir, la identidad de los titulares y los derechos de propiedad de las parcelas. Nuestras investigaciones culminan siempre con una certificación en la que se entregan por escrito las conclusiones a las que ha conducido la investigación, basadas en criterios técnicos.


Realización de representaciones gráficas alternativas georreferenciadas de edificaciones, instalaciones, fincas y parcelas rústicas y urbanas. Realización de ficheros GML y Validaciones Gráficas Catastrales. Trabajos adaptados a la nueva Ley 13/2015 de 24 de junio, de reforma de la Ley Hipotecaria y del texto refundido de la Ley del Catastro inmobiliario.


SISTEMA GEODESICO EN ESPAÑA. Planos en UTM ETRS89
¿Qué significa, para qué sirve ?

A la hora de confeccionar un proyecto  Ingeniería, o bien al presentar el plano de una parcela, ya sea rústica o urbana en cualquier administración pública: Gerencias del Catastro, Registros de la Propiedad, Ayuntamientos o Comunidades Autónomas, se debe presentar  esta información en ETRS89 y UTM.

1. Antecedentes

En el año 2007, se aprueba el Real Decreto 1071/2007 en el que se adopta el sistema geodésico de referencia en España ETRS89. El objeto del mismo es la regulación del sistema de referencia geodésico sobre el que se debe levantar toda la información topográfica y cartográfica oficial, permitiendo una completa integración de la cartografía oficial española con la de otros países europeos y con los sistemas de navegación a nivel mundial.

En cuanto al sistema de coordenadas, para escalas mayores de 1:500.000, es decir, cualquier escala empleada en mediciones topográficas de parcelas o de proyectos de arquitectura o ingeniería, se adopta el sistema de coordenadas Universal Transversa de Mercator (UTM)


2. A quién afecta la adopción de ETRS89 y qué beneficios comporta

El gran crecimiento del uso de cartografía, tanto tradicional como digital, la proliferación de los sistemas de información digital y de navegación, exige una unificación a nivel mundial de las coordenadas empleadas. Para  responder a esta demanda, Europa dispone que se ha de adoptar el sistema ETRS89.

También el usuario individual de equipos topográficos o de navegación GPS, ya sea de forma privada o como profesional, se beneficia de la utilización de este sistema porque la información de un levantamiento topográfico o de un proyecto, por ejemplo, tendrá como destino una base de datos que pueda ser relacionada espacialmente con otras, lo cual facilitará las cosas. En este sentido, no está de más indicar que la diferencia entre coordenadas ED50 Y ETRS89 puede ser de más de centenar y medio de metros, y distinta según el punto del territorio donde se encuentre, por lo que es necesario un modelo matemático complejo para pasar de un sistema a otro.

En resumen, la adopción del sistema de referencia geodésico ETRS89 afecta a todas las administraciones públicas, Ingenieros Civiles, Ingenieros en Topografía, Arquitectos, Ingenieros Industriales, Ingenieros Agrónomos, y en definitiva, a cualquier profesional que deba confeccionar planos topográficos, realizar mediciones, o redactar proyectos de Ingeniería o Arquitectura

3. Conclusiones


Creo que sin entrar en excesivos detalles técnicos, se ha descrito la situación actual, generada por la necesidad de unificar los sistemas de coordenadas europeos y por la masiva la utilización de equipos GPS. Se ha puesto de manifiesto la conveniencia apremiante de adaptarnos de forma obligatoria a partir del 1 de enero de 2015 a esta nueva forma de trabajar, adoptando el cambio de sistema de referencia de coordenadas de ED50 a ETRS89.

A partir de ahora será necesario adaptar todos los proyectos de Ingeniería  a este sistema, así como las mediciones de parcelas o fincas aportadas al Catastro u cualquier otra administración pública.

Toda la cartografía y bases de datos de información geográfica y cartográfica producida o actualizada por las Administraciones Públicas deberá realizarse conforme a lo que se dispone en este real decreto a partir del 1 de enero de 2015. (Fuente: http://www.albireotopografia.es)

Real Decreto 1071/2007 de 27 de julio, por el que se regula el sistema geodésico de referencia oficial en España


                                

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